Entrevista AL DORSO | Paula Mercedes Alvarado 09.08.2019. El pasado 4 de julio el Juzgado Federal N° 1 de Formosa dictó sentencia por los crímenes perpetrados al Pueblo Pilagá en los hechos conocidos como Masacre de Rincón Bomba. “La sentencia es única en Latinoamérica, es un pueblo indígena y es uno de los delitos más graves que puede llegar la humanidad” comentó en conversación con Al Dorso Paula Mercedes Alvarado, abogada de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, quien enfrentó el largo juicio (…)
RINCÓN BOMBA: FALLO Y RECOMPOSICIÓN HISTÓRICA
Entrevista AL DORSO | Paula Mercedes Alvarado (09.08.2019)
El pasado 4 de julio el Juzgado Federal N° 1 de Formosa dictó sentencia por los crímenes perpetrados al Pueblo Pilagá en los hechos conocidos como Masacre de Rincón Bomba. “La sentencia es única en Latinoamérica, es un pueblo indígena y es uno de los delitos más graves que puede llegar la humanidad” comentó en conversación con Al Dorso Paula Mercedes Alvarado, abogada de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, quien enfrentó el largo juicio.
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En el año 2005 la Federación realizó la presentación judicial de la persecución, desaparición, tortura, violación, fusilamiento entre otros delitos al Pueblo Pilagá durante 20 días en el año 1947. “La Federación quería que se cuenten los hechos y que fue una masacre en con complicidad del Estado Nacional” remarca Paula Mercedes Alvarado y agrega: “El disminuir responsabilidades también forma parte de una cultura. El derecho a la verdad implica eso, decir la verdad y contar cómo fueron los hechos”.
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El fallo que dictó el Juez Fernando Carbajal dice: “Los hechos sucedidos en La Bomba (Formosa) constituyen crímenes de lesa humanidad violatorios del Estatuto de Roma, y generan responsabilidad civil por los daños causados, los cuales deben reparados por el estado nacional argentino”, uno de los puntos más esperados por parte de la Federación. “Hablamos de unas 1.500 a 2.000 personas desaparecidas una vez que Gendarmería entra al territorio” comenta Paula Mercedes Alvarado al reconstruir los hechos históricos.
El fallo ordena al Estado Nacional el resarcimiento económico equivalente a 720 salarios mínimo, vital y móvil (aproximadamente $9.000.000) que se pagan en 10 años. “Son siete mil personas en el Pueblo Pilagá, si uno va dividiendo todo eso te quedaban entre $300 y $400 pesos por Pilagá por año” comenta Paula Mercedes Alvarado. En cuanto a por qué se apelará este monto, explica: “Tengo este proceso de Lesa Humanidad y tengo los juicios de Terrorismo de Estado que dieron millones. Uno ve la desproporción. ¿Por qué para unos más que otros?, ¿unas vidas valen más que otras u otros procesos valen más que otros?”.
Por su parte, en las reparaciones no patrimoniales obliga a publicar la sentencia en la página oficial del Ministerio de Justicia y en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas durante 3 años. También debe ser publicado el fallo en el Boletín Oficial de la Nación y obliga al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación a incluir el 10 de octubre en las efemérides nacionales como recordatorio de la masacre de La Bomba, entre otras reparaciones.
Un delito de Lesa Humanidad es un ataque generalizado y sistemático contra la población civil. Lo que diferencia un delito de lesa humanidad al genocidio es un elemento distinto del dolo, en el genocidio es la intención, “en este caso es un grupo indígena que entra en la definición y hubo intención de que el pueblo Pilagá desapareciera” explica Paula Mercedes Alvarado. Los territorios donde sucedieron los hechos de la masacre de Rincón Bomba hoy no pertenecen a las comunidades, no tienen la propiedad de sus tierras y conviven con la Gendarmería.

