Por Félix Herrero (20/07/2013)
Quizá las fechas tengan algo que ver con la orientación de lo que se memora. A veces van en el mismo sentido: en Francia el 14 de julio pasado (revolución francesa) quedó en claro la decisión presidencial de Hollande que la Ley del 13 de julio de 2011 que prohibió el fracking no habría de ser manipulada y que la interdicción durará en todo su mandato (o sea hasta 2016).
En nuestro país, el 15 de julio, un día antes de la firma de la «alianza estratégica» (así llaman los comunicados de prensa de la petrolera local y el propio texto del decreto chevronista) entreYPF y Chevron, se publica el Decreto 929/2013 denominado de Soberanía Hidrocarburífera, pero que en realidad se lo debe conocer como el Decreto Chevron, ya que para esta empresa está promulgado.
El abuso nominalista de llamar soberanas a las normas de la entrega (Ley 26.741de seudo estatización de la inacabable expropiación de YPF, y este Decreto 929/2013) trata de disfrazar la legislación que sin detenerse siguen el proceso privatizador del menemkirchnerismo.
Este Decreto viene a festejar el fallo de la suprema corte (6 jueces contra uno al que se lo quiere echar por su viejo) por la que se le dio razón a Chevron para que no sea embargada por los 19.0000 millones de dólares como fuera dispuesto por la justicia ecuatoriana. Chevron, desde 1999 con la compra de San Jorge, es estableció en Argentina, y hoy en día la falta de inversión hizo que cayeran abruptamente sus reservas petrogasíferas, así como el número de concesiones que revendió y la extracción de ambos hidrocarburos. Esa sentencia del máximo tribunal argentino también debería llegar otro nombre: Fallo Gils Carbó (o la chevrona)que «dictó» el dictamen de la procuración nacional.
Beneficios sin límites para Chevron y los asociados «blanqueados»
Los nuevos beneficios petroleros que el Decreto Chevron viene a reglamentar y ampliar son únicos en el mundo y se norman luego de dictarse un blanqueo que en realidad es un negreo de la energía argentina: sin preguntar ni sancionar, podrán entrar libremente al país todo capital originado en el juego, los evasores tributarios, las rentas que evadieron impuestos, la trata de personas, los pedófilos del mundo unidos, los fabricantes y narcotraficantes, los industriales y traficantes de armas, y también algún capital honesto que se quedó prendido en alguna financiera internacional.
Por eso el Decreto Chevron publicado en el día de hoy explicita los beneficios que otorga el nuevo Régimen de Promoción de la Inversión Hidrocarburífera (raro sentido esta promoción de una actividad vieja con más de 105 años en el país y de alta rentabilidad en todo el mundo) alcanzan a los titulares de permisos y concesiones de hidrocarburos y/o terceros asociados a tales titulares, y ¡vamos por el todo presidencial! y también tanto a los convencionales como no convencionales. Hágase socio petrolera y ennegrezca la industria argentina con los peores delincuentes del mundo en función inversora.
Beneficios que el mundo no conoce
Quienes darán los beneficios son los miembros de la comisión tripartita de Moreno, Kicillof y Cameron (los tres ya tienen acusaciones judiciales de importancia). Es interesante el papel de A. Kicillof: como miembro del triunviro se otorgará beneficios en su doble papel de director de YPF. Los triunviros no responden a nadie, y solo deben hacer un informe anual para ser elevado no diciendo a quién y, por supuesto, no dirigido al Poder Legislativo.
Citémoslos sin desarrollar a los nuevos privilegios, pero advirtiendo desde el principio que, por lo menos dos de ellos, contrarían la ley nacional 17.319 de hidrocarburos.
El decreto establece que los «sujetos» (no dice jurídicos) tendrán los siguientes beneficiados:
- a) Comerciar libremente en el mercado externo el 20% de la extracción (antes era 0%);
- b) tendrán el 100% de libre disponibilidad de las divisas por exportación (antes era 30%);
- c) en los períodos en que haya que importar gas o petróleo, pero al quinto año de la aprobación del recibirán subsidios para que no tengan un precio inferior al de exportación (llamado precio internacional), en cuyo caso no se imputarán las bajísimas retenciones que tuviera que pagar;
- d) las petroleras tendrán un mecanismo de compensación para el subsidio del punto anterior;
- e) por la comercialización interna (venta a refinerías locales) tendrán derecho prioritario a adquirir divisas de libre disponibilidad en el mercado único y libre de Cambios hasta en un 100%;
- f) también tendrán beneficios provinciales y de la CABA por participar en este nuevo regimen; y
- g) la ley establece en las concesiones clásicas 25 años de duración con un prórroga posible y fundada de 10 años. Ahora, contra la ley, el decreto ofrece prorrogar el período ante el pedido de las petroleras, porque elfrackinges más costoso y tiene más corta maduración (se «agotan» antes). Para eso, el decreto establece que a los 25 años se «adiciona en forma anticipada simultánea con la nueva concesión la extensión del plazo de 10 años».
No se debe legislar para dar apoyo a un determinado sujeto, sea físico o jurídico (no usemos el término moral) ni en auxilio de las actividades de súper rentas. Solo Chevron llegó al acuerdo sin ética con YPF, mientras otras 16 petroleras se negaron a negociar nuevas inversiones.
En petróleo también queremos hechos favorables al país y menos nominalismos que mantienen el saqueo.

